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Junín
Confirman las condenas de Vilma Verón y Silvia Castaño por el asesinato de Marcelo Torres
El Tribunal bonaerense rechazó el recurso de casación impuesto por las defensas de las imputadas. Vilama Verón fue condenada a prisión perpetua, por el asesinato de Marcelo Torres, mientras que Silvia Castaño fue sentenciada a 6 años de prisión por “abandono de persona”
Martes, 24 de Septiembre del 2024 - 13:26 hs.
Confirman las condenas de Vilma Verón y Silvia Castaño por el asesinato de Marcelo Torres

El Tribunal bonaerense rechazó el recurso de casación impuesto por las defensas de las imputadas. Vilama Verón fue condenada a prisión perpetua, por el asesinato de Marcelo Torres, mientras que Silvia Castaño fue sentenciada a 6 años de prisión por “abandono de persona”

Como  se recordará, la mujer había sido condenada a la pena de prisión perpetua por resultar coautora responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo y por su comisión con alevosía, del que resultara víctima Marcelo Torres.

Torres fue asesinado el 28 de octubre de 2020 en el Parque Ecológico y su cuerpo encontrado a la mañana del día siguiente, en el interior del auto de su propiedad.

CASACIÓN

Quien resolvió en consecuencia  fue la Sala del tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, integrada por los magistrados, Ricardo Maidana y Daniel Carral.

TRIBUNAL DE JURADOS

Cabe  acotar que, tal como desarrolló Casación,  un “Tribunal de Jurados se pronunció, con fecha 19 de mayo de 2023, dictando veredicto de culpabilidad respecto de la acusada Vilma Ester Verón. Celebrada la audiencia de cesura de juicio, la doctora Karina Lorena Piegari, jueza integrante del Tribunal en lo Criminal N°1 de Junín, condenó a la nombrada a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas”.

La defensa particular de Verón, a cargo del Dr. Mauricio Muñoz interpuso un recurso de casación que ingresó el 28 de agosto de 2023.

En primer término, la Dra. Daniela Bersi, Fiscal Adjunta de Casación había postulado el rechazo al recurso.

EL DR. MUÑOZ

En su apelación el abogado Muñoz denunciaba la “violación a la garantía de imparcialidad”, para afirmar que el Jurado Popular había “carecido de imparcialidad al momento de deliberar”.

 Explicó que  “durante todo el debate el público efectuó manifestaciones en forma permanente en cada intervención de las defensas. Destacó que la hija de la víctima se levantó de su silla ubicada entre el público presente y encendida en llanto comenzó a agredir a su defendida, endilgándole el desenlace fatal e injuriándola a puro grito. Considera que, sin lugar a dudas, dicho episodio hizo que el jurado popular se viera conmovido y agrega que la jueza que presidió el debate no adoptó ninguna medida, simplemente se hizo silencio a la espera de que la mujer abandonara la sala de debate oral. Agrega que el padre de la víctima también se manifestó en forma vehemente cuando declaraba la médica forense, increpando a ambos imputados, y eso también impactó de manera negativa en la imparcialidad que debía velarse en relación al jurado popular. Advierte que se trató de una situación imposible de manejar para las defensas, ya que cualquier expresión que pudieran verter sobre el tópico, resultaría antipática para el jurado. A partir de lo expuesto considera que los “sentimientos” se vieron conmovidos”.

Mauricio Muñoz sostuvo que el  “jurado popular ya no pasó a resolver sobre la prueba sino sobre las persuasiones de los familiares de la víctima, circunstancia que torna nulo el veredicto. En el mismo sentido evoca la actitud adoptada por la representante del Ministerio Público Fiscal durante los alegatos de la defensa, haciendo gestos de desaprobación para con los fundamentos, accionar que dice era observado de manera sigilosa por el jurado popular. Sostiene que no se puede razonar que lo expuesto pasó de manera inadvertida o indiferente para el jurado y que por tal motivo es un hecho notorio. En consecuencia, postula la nulidad del veredicto y el reenvío de la causa para la celebración de un nuevo juicio por jurados”.

En el recurso, subsidiariamente, el defensor de Verón sostuvo que  “la prueba producida en el debate no superó el estándar probatorio de duda razonable exigible para pronunciar un veredicto de culpabilidad. Destaca puntualmente las circunstancias fácticas sobre las cuales la acusación enarboló, como parte sustancial de su teoría del caso, la coautoría de Verón y alega que la alternativa del exceso del autor en el homicidio simple, resulta compatible con el peso convictivo que ostenta la evidencia disponible”.

La resolución de Casación puso punto final al planteo y Vilma Verón, coautora del homicidio de Marcelo Torres, continúa condenada a prisión perpetua.

Fuente junin24



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