17.2 ºC  Junín, Bs As |
La cuidadora o cuidador de una persona mayor, ya sea familiar o profesional, deberá llenar una declaración jurada para poder circular durante la cuarentena total, según dispuso el gobierno nacional en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio para mitigar el avance del coronavirus.
De acuerdo a la resolución 133/2020 del Ministerio, cuando se trata de excepciones vinculadas a la asistencia de personas mayores, el/la cuidador/a, ya sea un familiar o cuidador/a profesional, que tenga a su cargo la realización de tareas de asistencia, apoyo y/o cuidado en las actividades de la vida diaria, deberá tener en su poder una declaración jurada, completada, a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con su Documento Nacional de Identidad.
En la declaración jurada deberán constar horarios y días que se trasladará, para presentar en caso de que sea requerido por una autoridad, precisó la resolución 133/2020 del Ministerio de Desarrollo Social, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La declaración debe completarse sobre el formulario o transcribirse la totalidad del contenido en una hoja en blanco.
La disposición establece que en el caso de que "la asistencia, apoyo y/o cuidado esté a cargo de un cuidador/a ajeno a la familia (voluntario o contratado), la declaración jurada deberá ser firmada tanto por quien brinde el cuidado como por la persona a cuidar o por un familiar de ésta". El documento debe ser presentado en caso de requerimiento de personal de fuerzas de seguridad durante la cuarentena por coronavirus.
En tanto que si la persona trabaja para una empresa prestadora de servicios (medicina prepaga, obra social u otros), "será su empleador quien concederá una certificación específica al efecto", agrega el Boletín Oficial en una nueva resolución especial en el marco de la cuarentena por coronavirus.
Finalmente, la resolución publicada en el Boletín Oficial de este lunes feriado, indica que en todos los casos, la declaración debe describir "los días y horarios en los cuales el/la cuidador/a, se trate de familiar o profesional, acudirá al domicilio de la persona mayor para su cuidado y/o asistencia".