DOLAR $ 986.5 / $ 1026.
DOLAR $ 1115 / $ 1135
DÓLAR
$ 986.5 / $ 1026.
$ 1115 / $ 1135
  20.4 ºC  Junín, Bs As
Viernes, 22 Noviembre 2024
Diario Junín | Locales             8093
Alerta
El comercio de Junín alerta tras fraude en Rosario
Es a raíz de la condena a Visa por no controlar compra con tarjeta trucha.
Lunes, 11 de Noviembre del 2019 - 11:02 hs.
El comercio de Junín alerta tras fraude en Rosario

La Sociedad Comercio e Industria de Junín se mostró en alerta tras un fraude en Rosario.


Esto se debe a que la Cámara de Apelación de Circuito de Rosario convalidó una condena contra la tarjeta de crédito Visa Argentina luego de confirmar que un comerciante no pudo cobrar la compra que un cliente realizó con una tarjeta apócrifa. La titular del plástico desconoció la operación.


El caso corresponde a 2016 pero se terminó de resolver hace pocas semanas en los Tribunales provinciales de Rosario.


Según indicaron fuentes judiciales, un hombre llegó a un comercio rosarino y utilizó un plástico emitido por un banco privado para hacer una compra por 3.702 pesos. El cajero pidió autorizaron a Visa, que a través del posnet validó la transacción, y el usuario firmó el ticket. Sin embargo, cuando el resumen le llegó a la verdadera titular de la tarjeta, ésta desconoció la operación y denunció que se trataba de un plástico mellizo o falsificado. Por eso, el vendedor nunca percibió el dinero de la compra de parte Visa, que igualmente le cobró un cargo por el mismo monto.


Allí comenzó el peregrinar del comerciante. Primero reclamó a Visa, que le indicó que la queja debía dirigirla al banco emisor. Las negativas persistieron y el comerciante accionó judicialmente contra Visa luego de que le cobrara un contracargo por el monto de la venta. La causa recaló en el juez de Circuito Nº 2, Eduardo Arichuluaga.


En 2017 el magistrado condenó a Visa, pero la compañía apeló. En esa instancia el veredicto fue revisado por los jueces Eduardo Pagnacco, René Galfré y Ricardo Netri, de la Cámara de Circuito.


Entendieron que Visa "incumplió el deber de seguridad operativa". E indicaron que es esa compañía la que "organiza el sistema, lo controla y explota". El fallo dice que "el fundamento central de su responsabilidad radica en un elemental deber de resguardo adecuado de los usuarios y a los comercios adheridos de la utilización de tarjetas adulteradas, falsificadas o mellizas".


Indicaron además que al margen de la responsabilidad solidaria de Visa, surge de la defectuosa organización del sistema y por incumplimiento del deber de información que le es propio de la ley de tarjetas de crédito Nº 25.065 y que propende a su seguridad a la seguridad de los usuarios.


Con un ejemplo, el fallo expone la zona gris que se advierte en el sistema de control y operaciones con tarjetas de créditos. "El comerciante efectúa una venta, verifica que el adquirente sea la persona que figura en la tarjeta como titular requiriéndole el documento y, en tal caso, mediante el servicio de posnet —impuesto por el sistema— requiere la autorización de la administradora, quien luego de la "lectura" de los datos de la banda magnética, autoriza o no la operación.


Si la autoriza, la administradora (Visa) emite el ticket o comprobante, de cuya lectura se desprende que en él no se le informa al comerciante quién —según sus registros— es el titular de la tarjeta y cuál es el número de documento de identidad, a fin de que pueda confrontarlos con los que surgen de la tarjeta que se le exhibe.


"Si el comerciante al efectuar una venta se le presenta una tarjeta melliza a nombre de una persona que no es el verdadero titular, éste acredita su identidad, luego firma el ticket y se la autoriza ¿cómo puede efectuarle un «contracargo» en la cuenta, achacándole que la persona que efectuó la compra no es el titular de la tarjeta titular que sólo Visa conoce?", razonaron los jueces.


Con esos argumentos y tras desechar los argumentos vertidos en la apelación, el Tribunal confirmó el fallo de primera instancia y condenó a Visa a resarcir al comerciante con el monto de la compra por la cual fue perjudicado, más los intereses desde el momento que se planteó la demanda.



COMENTÁ LA NOTA
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.