El traslado de niños, niñas y adolescentes de padres separados hacia el domicilio de uno de los cónyuges fue autorizado como"actividad excepcional" con el fin de "garantizar los derechos a mantener relaciones personales y contacto directo con sus padres o referentes afectivos, según una resolución de la Jefatura de Gabinete de ministros que encabeza Santiago Cafiero. Hasta ahora, debían cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio, o cuarentena por el coronavirus, en el domicilio en el que se encontraban el 20 de marzo.
La Decisión Administrativa 703, emitida anoche pero publicada este sábado en el Boletín Oficial, autoriza el traslado de niños o adolescentes al domicilio del otro progenitor "siempre que sea en el interés superior del niño, niña o adolescente" y en caso de ser una familia monoparental, "el traslado podrá realizarse por cualquiera de los dos cónyuges o referente afectivo que conviva con el niño".
La resolución autoriza que este traslado sea "una vez por semana" y se deberá mostrar una declaración jurada aprobada por la resolución 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social. "La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial", que salió este sábado.