El día 16 de marzo el presidente de Francia, Emmanuel Macron anunció medidas inéditas para contrarrestar el impacto de la epidemia de Covid-19 en la economía francesa y en la vida de los ciudadanos, entre ellas la suspensión del pago de facturas de agua, luz y gas.
En España, el gobierno adoptó medidas similares, tendientes a evitar la suspensión de servicios esenciales y garantizar su provisión a las personas más vulnerables, que ven afectados sus ingresos como consecuencia de la pandemia de coronavirus. Distintas empresas de energía acompañan esta medida, suspendiendo los cortes de suministro y ofreciendo planes de facilidades de hasta 12 cuotas o aplazamientos en el pago de las tarifas a todos los clientes residenciales, pymes y autónomos que lo soliciten.
Es momento, en Argentina, de evaluar la implementación de medidas similares respecto a los servicios esenciales.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha dicho respecto de los servicios energéticos, en el fallo “Abarca, Walter José y otros c/Estado Nacional - Ministerio de Energía y Minería y otro s/amparo ley 16986” (CSJN - 6/9/2016) que el acceso de las personas a las fuentes de energía constituye un derecho elemental y un presupuesto necesario e ineludible para el bienestar y el confort de los seres humanos. Se ha sostenido que “la energía es necesaria para cocinar, para iluminarnos, para conservar los alimentos, para tener agua caliente sanitaria y para la climatización, servicios básicos que cualquier hogar debería tener cubiertos para asegurarse unas condiciones mínimas de confort…”.
La Declaración del Encuentro Internacional por el Derecho a la Energía (Mar del Plata, 11 de octubre del 2014) declaró sin ambages: “La energía es un derecho humano, no una mercancía”.
No hace falta decir que la electricidad permite el acceso a otros derechos fundamentales como el agua, la salud, la educación, el empleo, la seguridad, etc. Gracias a la energía eléctrica es posible conservar alimentos, ventilar y acondicionar más adecuadamente el ambiente, todo lo cual está relacionado con la salud; gracias a la iluminación, la informática e internet podemos acceder a una educación de más calidad; por la energía eléctrica la labor de la casa se alivia, mejorando la calidad de vida. La energía eléctrica es una necesidad básica insustituible y forma parte de los derechos humanos de tipo económico y social. El Estado tiene la obligación de asegurar el acceso al servicio eléctrico como parte de un piso de derechos mínimos que tiene que garantizar a toda la población.
En el fallo “CEPIS”, la Corte Suprema manifestó que “el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos (...).
Si bien la cuestión de fondo en estos casos versaba sobre la legitimidad de aumentos tarifarios, considero oportuno mencionar el criterio de la Corte respecto de la esencialidad de los servicios domiciliarios, fundamentalmente los energéticos, que resultan indispensables para la satisfacción de necesidades básicas y para garantizar el respeto de los derechos humanos, sobre todo de la dignidad humana en tiempos de pandemia.
Nos encontramos frente a circunstancias extraordinarias, que plantean una re significación del mundo tal y como lo conocemos, y requieren medidas certeras, eficaces e inmediatas.
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la Observación General nº 15 sobre el derecho al agua. Su artículo I.1 establece que "El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna". La Observación nº 15 también define el derecho al agua como el de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico.
El agua y los servicios e instalaciones de agua deben estar al alcance de todos.
El gas, que en buena medida constituye la posibilidad de cocina y calefacción, es considerado hoy un elemento indispensable para el digno vivir, máxime en las regiones más pobres o de menores recursos y como parte del derecho a la vivienda digna.
La premisa en la que se funda el gobierno de Alberto Fernández es la solidaridad, la realización de un esfuerzo compartido para lograr el bienestar de TODOS. Para hacer frente a esta pandemia y, ante los fuertes rumores de aislamiento social obligatorio y total, resulta esencial garantizar el acceso a servicios básicos como luz, agua y gas sin que ello implique un endeudamiento para los sectores más vulnerables, los trabajadores que no pueden abrir sus negocios y aquellos que ven sus ingresos desplomarse a causa del coronavirus.
Ya sea mediante planes de pago sin intereses o suspensión de la emisión de facturas, el esfuerzo en este caso lo deben hacer las grandes empresas prestadoras de servicios esenciales, para garantizar la protección lisa y llana de la dignidad humana.
La persona humana es el eje de nuestro derecho a la vida y la protección de sus derechos humanos elementales resultaría de imposible concreción sin la satisfacción de los derechos esenciales y de seguro, El Estado concentrara la mayor movilización de recursos económicos en la historia de nuestro país.
Tal vez, nos enfrentarnos a un mal para el que no existe una hoja de ruta ni un manual de instrucciones. Los virus son desgraciadamente tan imprevisibles como persistentes.